COMUNIDAD DE REGANTES EL PALMERAL PEDRALBA

INFORMACIÓN GENERAL

Historia de la Comunidad

 

    El 31 de Mayo del 2013 la Confederación Hidrográfica del Júcar declaró constituida la Comunidad de Regantes "El Palmeral" de Pedralba (Valencia). y aprobó,   como   norma   reguladora   del   uso   de   su  aprovechamiento,   las   Ordenanzas   y Reglamentos sobre los que recayó el acuerdo positivo de la Junta general celebrada el 3 de febrero de 2010.

    Los orígenes de la C.R vienen de la SAT 749 Pozos el Palmeral constituida el siete de abril de mil novecientos ochenta y dos y cuyo  objeto social, era la transformación en regadío de la zona denominada por la ejecución de los planes de regadío elaborados por el I.R.Y.D.A. para el aprovechamiento integral de las aguas alumbradas en los pozos referidos y que ha construido gran parte de la infraestructura actual de la Comunidad.  fácilmente tus propias plantillas de Odoo gracias a HTML limpio estructura y bootstrap CSS.

Cronológico.

    En un primer momento los usuarios de las aguas subterráneas  procedentes de dos captaciones en el término municipal de Benaguacil y siete en el término municipal de Pedralba (Valencia) con destino a riego, cuya concesión se tramitaba en el expediente 2008CP0317 (aceptación de condiciones de fecha 22.11.2012) .

    Por   medio ·de   anuncio   publicado   en   el   B.O.P  de   Valencia   de   fecha   21.01.2004   y  en   los Ayuntamientos de Pedralba, Llíria y Benaguacil se convocó a todos los usuarios para la celebración de Junta General; asamblea que tuvo lugar el 13 de febrero de 2004 y en la que se acordó constituir la   Comunidad   de   Regantes,   nombrando   una   Comisión   Gestora   encargada   de   redactar   las Ordenanzas y Reglamentos. El 2 de abril de 2004, la Comunidad celebró nueva Junta General (convocada por medio de anuncio en el B.O.P de Valencia de fecha 2.03.2004 y en los Ayuntamientos de Pedralba, Llíria y Benaguacil) con el objeto de examinar, y, en su caso. aprobar los proyectos de Ordenanzas y Reglamentos. Según consta en la certificación presentada fueron aprobados por unanimidad.
 
    En cumplimiento de lo establecido en el artículo 206.1 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico. (RD 849/86),  lAs  Ordenanzas  y  Reglamentos  fueron  sometidos  a  trámite  de  exposición  pública  a efectos  de  posibles  reclamaciones;  notificada  en  anuncio  en  el  B.O.P  de  Valencia  de fecha 5.05.2004 y los Ayuntamientos de Pedralba, Llíria y Benaguacil. No se presentaron reclamaciones.

    El 3 de febrero de 2010, la Comunidad celebró nueva Junta General (convocada por medio de· anuncio en el B.O.P  de Valencia de fecha 19.01.2010 y en los Ayuntamientos de Pedralba, Lllria y Benaguacil) en la que se ratificó, por unanimidad, el acuerdo de constitución de la Comunidad de Regantes y el de aprobación de los proyectos de Ordenanzas y Reglamentos. Dichas Ordenanzas y Reglamentos fueron sometidos a nuevo trámite de expos1c1on pública a efectos de posibles reclamaciones; notificada en anuncio en el 8.0.P de Valencia de fecha 25.02.2010 y en los Ayuntamientos de Pedralba, Lllria y Benaguacil). No se presentaron reclamaciones. 

    En Febrero de 2017 se elige a la primera Junta de Gobierno y al Jurado de Riegos de la Comunidad.

   Ese mismo año se produce la segregación definitiva de la S.A.T. N° 5.998 RECAPLÁ de la Comunidad  desvinculándose el aprovechamiento de las cuatro captaciones de su titularidad y una superficie de 268,67 Has.  

Objeto Social

 

    La Junta de Gobierno de la Comunidad de Regantes, es consciente del incalculable valor histórico y práctico de las Comunidades de Regantes, en las que los agricultores se agrupan con la única finalidad de autogestionarse, para distribuir el agua de riego de un modo eficaz, ordenado y equitativo.

    Con el objetivo de que el escaso recurso del agua pueda ser distribuido con el máximo rigor, se hace necesario potenciar a las Comunidades de Regantes en su funcionamiento y responsabilidades, para que vayan asumiendo competencias, y dirigir sus acciones hacia la eficacia hidráulica y medio ambiental, así como del desarrollo de una agricultura sostenible.

    La agricultura del siglo XXI ha de caracterizarse por ser un modelo de Agricultura Sostenible, basada en dos principios fundamentales: a) “competitividad” (el agricultor ha de utilizar unos medios de producción y unos canales de comercialización que le permitan vender sus productos a precios competitivos, para poder vivir con su familia de esta actividad, y b) “no agresiva al medio ambiente” (deberá conservar los recursos naturales, como son el suelo y el agua para que puedan ser utilizados por las generaciones futuras). La primera consecuencia de esta agricultura del futuro es, que, el agricultor necesitará de un asesoramiento casi permanente sobre, cuáles son los input en los que se podría reducir su aportación a los cultivos (ej: laboreo, fertilizantes, fitosanitarios en general, etc.), y cuáles son los factores de producción que resultan imprescindibles para conseguir unas cosechas competitivas desde un punto de vista cualitativo, más que cuantitativo.

    En esta situación que se plantea que las Comunidades de Regantes tienen ante sí el reto de orientar a sus asociados sobre la mejor forma de emplear los caudales de agua disponibles y enseñarles a usarlos con la máxima eficiencia, complementando esta tarea con el control de las cantidades de agua utilizada por los agricultores.

    Su función principal es la distribución de agua a las parcelas de su zona regable y además, con la aplicación de la Directiva Marco del Agua, las comunidades de regantes han pasado a ser responsables del cuidado de los ecosistemas asociados al agua, lo que conlleva como consecuencia una necesaria apuesta por las acciones ( formativas, divulgativas, de control, etc) encaminadas al uso racional de la misma y reducir la demanda de agua de su regadío. Estas actuaciones, deben ir orientadas hacia la modernización de las infraestructuras de transporte y distribución, así como en los sistemas de aplicación de agua en parcela y la implantación de las tecnologías de la información y la comunicación (TICs) en la gestión del regadío. 

 

Entorno y Zona Regable

 

    Del municipio de Pedralba pertenece a la comarca de Los Serranos, situado en el interior de la provincia de Valencia queda incluido dentro del Parque Natural del Turia. Limita con los municipios de Bugarra, Liria, Benaguacil, Villamarchante , Cheste y Casinos.

    Se trata de un municipio de interior, con un relieve marcadamente montañoso donde existe gran cantidad de superficie forestal y agrícola. Dentro de las diferentes actividades económicas que se desempeñan en la zona, el sector agrícola tiene gran importancia, ya que son miles de agricultores vecinos del municipio que únicamente trabajan en la agricultura.

    Dista a la capital de provincia (Km) 35 con una superficie (Km²) 58,85 y una densidad de poblacion (hab/Km²) - 2020 es de 47,82.

    La población del municipio en 2020 es de 2.814 habitantes y su economía es básicamente agrícola, fundamentada en la antigüedad por la vid, con la cual Pedralba se ganó el título de "cuna del vino" y actualmente los citricos. En la zona regable de El Palmeral, la fisonomía del paisaje agrícola pasó en los años 80 de parcelas con viñedos, algarrobos y oliveras, a un vergel de plantaciones modernas de cítricos en su gran mayoría. El sector industrial apenas está desarrollado.

    La Comunidad cuenta con más de 600 Comuneros, y con estos datos es fácil inferir la importancia de la Comunidad de Regantes en el municipio.

    La superficie regable de la Comunidad de Regantes Pozos El Palmeral Goza de derechos de riego desde tiempo inmemorial está declarada de Interés Nacional según Real Decreto 1158/1981, de 8 de mayo, porque se declara de Interés Nacional La zona de Pedralba- Vilamarchante (Valencia) y se aprueba el Plan General De Transformación e incluida en la zona regable de Liria-Benaguacil, Subzona III – Sector II de la zona regable Generalísimo, según Orden De 29 de Octubre De 1985 De Aprobación Del Plan Coordinado De Obras De La Zona Regable Del Generalísimo y Liria-Benaguacil.

    Estas explotaciones cuentan con marcos de plantación espaciados que permiten las tareas agrícolas con medios modernos y con riego localizado. Además, son ejemplo de los paisajes singulares mediterráneos, unas unidades de contrastado valor cultural y patrimonial.

    La captación del agua se realiza en dos ámbitos. Por una parte, de aguas superficiales del río Túria a su paso por el municipio de Pedralba, en el punto denominado El Oliveral.  Y  en segundo lugar, desde 5 pozos subterráneos en la zona de El Palmeral, construidos en la década de los 80.

    El agua subterránea y superficial es elevada por medios de grupos motobomba los cuales vierten en un depósito de cabecera, del cual parte una primera red de riego y se alimenta a los depósitos de cola que sirve a la segunda red de distribución.

    Toda la red de distribución, tanto desde la captación a los depósitos como de estos a las parcelas agrarias, se realiza por conducciones subterráneas, lo que permite una perfecta integración de la infraestructura en este enclave de alto valor paisajístico.

    Las infraestructuras de las que disfruta la Comunidad de Regantes se han realizado en diferentes fases desde 1984 hasta la actualidad, promoviendo un uso racional y eficiente del agua, con la implementación de riego localizado como sistema de riego en toda la superficie.

    Actualmente se riegan unas 1.110,4 ha de cítricos, frutales y olivos con riego localizado.  

 

El Clima. Topografía. Suelos​

 

Climatología.

    Desde el punto de vista agrológico de los cultivos y con los datos del Atlas Climático de la Comunidad Valenciana, según la clasificación de Papadakis nos encontramos ante un invierno del tipo Avena (Av Cálido) y un verano del tipo Trigo (Tr).

    Según los criterios de la clasificación agroclimática de Papadakis el clima de la zona se caracteriza por tener un régimen térmico del tipo MARÍTIMO FRESCO (Ma) y un régimen hídrico MEDITERRÁNEO SECO (Me).

    Con lo anterior la zona queda englobada dentro del tipo climático MEDITERRÁNEO TEMPLADO (TE Me).

  La combinación de los dos regímenes anteriores da como resultado un tipo climático MEDITERRÁNEO TEMPLADO, el cual resulta idóneo para el cultivo de las variedades implantadas en la zona. Por otro lado, el régimen de humedad, caracterizado por presentar una Pluviometría anual de 408,4 mm. Frente a una Evapotranspiración Potencial (ETo) para el mismo período de tiempo de 1.096,9 mm, nos reafirma en la imperiosa necesidad del aprovechamiento de los recursos hídricos existentes en la zona, pues sin éstos no serían viables los cultivos en tratamiento, cómo se ha explicado anteriormente.

Topografía y Fisiografía.

    En el término municipal de Pedralba predomina de forma general el relieve montañoso, mientras que las parcelas de cultivo objeto del presente Proyecto, las encontramos situadas en laderas suaves y casi siempre aparecen niveladas mediante abancalamientos. 

Suelos. 

    Los suelos de la comarca objeto de estudio, quedan incluidos dentro de los tres órdenes siguientes: Entisoles, Inceptisoles y Alfisoles dependiendo del grado de evolución de los mismos. Las laderas abancaladas sin horizontes de diagnóstico, al igual que las transformaciones antrópicas, quedan clasificadas dentro del órden de los Entisoles en el gran grupo de los Xerorthents perteneciendo el suborden de los Orthents. Son suelos poco evolucionados del perfil A/C. Las zonas próximas a los cauces fluviales quedan incluidas dentro de este mismo orden en el gran grupo de los Xerofluvents cuya característica principal radica en la variabilidad en profundidad del contenido en materia orgánica. Son suelos muy fértiles y corresponden a las vegas tradicionales.